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año:2006
 
institución:MUNICIPALIDAD DE TURRUBARES
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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PAGE 3 DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 12656 5 de setiembre de 2006 DAGJ-1440-2006 Señor Roberto M. González Cordero Alcalde MUNICIPALIDAD DE TURRUBARES Estimado señor: Asunto: Solicitud de criterio de este órgano contralor sobre las Disposiciones sobre presentación y aprobación de las modificaciones internas presupuestarias. Se refiere este Despacho a su oficio sin número, de fecha 13 de julio del año en curso, recibido en esta Contraloría General el 14 de julio siguiente, por medio del cual solicita el criterio de este órgano contralor sobre las Disposiciones sobre presentación y aprobación de las modificaciones internas presupuestarias. I. Criterio del Despacho Con respecto a la consulta que usted realiza, hemos de indicarle que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República N° 7428 del 07 de setiembre del 1994, ésta Contraloría General solo evacua consultas de los órganos parlamentarios o de los sujetos pasivos (“Administración Activa” –entendida según el artículo cuarto de la misma ley-), como es el caso de la Municipalidad de Turrubares. Asimismo, dicho numeral reguló que tales consultas deberán ajustarse a las normas que se establezcan para prever el buen uso de esta facultad. En virtud de lo anterior, es que con respecto a las consultas que se dirigen a ésta Contraloría General, ésta emitió la circular N° CO-529, publicada en La Gaceta N° 107 del 05 de junio del 2000 denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, que indica que en el ejercicio de su función consultiva, el Departamento Legal de éste órgano contralor solo atenderá las consultas propias de su competencia, acompañadas del criterio legal sobre el asunto de que se trate. En éste orden de ideas, dicha circular continuó indicando que la mayoría de los entes y órganos públicos cuentan con unidades de asesoría l ...
Fecha publicación: 09/09/2006
Fecha emisión: 06/09/2006
Documento: 12656-2006.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE TURRUBARES
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA


PAGE 3 DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 10807 7 de agosto de 2006 DAGJ-1280-2006 Señor Roberto M. González Cordero Alcalde Municipal MUNICIPALIDAD DE TURRUBARES Estimado señor: Asunto: Solicitud de criterio con respecto al pago de prohibición al contador municipal. Se refiere este Despacho a su oficio sin número del 25 de julio del año en curso, remitido a la Contraloría General el 28 de julio siguiente, por medio del cual solicita el criterio de este órgano contralor sobre el pago de prohibición al contador municipal. Concretamente, solicita que se le aclare si el rubro por el pago de prohibición debe cancelársele desde la fecha de presentación de la solicitud, como acordó el Concejo Municipal, o desde la fecha en que se tomó el acuerdo. I. Criterio del Despacho Con respecto a la consulta que usted realiza, hemos de indicarle que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República Nº 7424 del 07 de setiembre del 1994, ésta Contraloría General solo evacua consultas de los órganos parlamentarios o de los sujetos pasivos (“Administración Activa” –entendida según el artículo cuarto de la misma ley-), como es el caso de la Municipalidad de Turrubares. Asimismo, dicho numeral reguló que tales consultas deberán ajustarse a las normas que se establezcan para prever el buen uso de esta facultad. En virtud de lo anterior, es que con respecto a las consultas que se dirigen a ésta Contraloría General, ésta emitió la circular Nº CO-529, publicada en La Gaceta Nº 107 del 05 de junio del 2000 denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”. dicha circular continuó indicando que la mayoría de los entes y órganos públicos cuentan con unidades de asesoría legal o pueden recurrir a la que prestan otros organismos afines, por lo que valorando esto y el hecho de que se ha generalizado la costumbre de consultar indi ...
Fecha publicación: 10/08/2006
Fecha emisión: 07/08/2006
Documento: 10807-2006.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE TURRUBARES
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA


1 2 DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 01032 16 de enero, 2006 DAGJ-0128-2006 Señor Roberto M. González Cordero Alcalde Municipal MUNICIPALIDAD DE TURRUBARES Estimado señor: Asunto: Consulta sobre la aplicabilidad de la Ley No. 8422, contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Publica. Nos referimos a su oficio sin número, de fecha 6 de diciembre de 2005, presentado ante esta Contraloría General el 8 de diciembre, por medio del cual solicita el criterio de este órgano contralor respecto de la interpretación que debe dársele al último párrafo del artículo 17, que manifiesta que los regidores y regidoras municipales, propietarios y suplentes, no se regirán por las disposiciones anteriores, por lo que requieren saber si a tales regidores les procede o no, el pago de las dietas, a partir de la entrada en vigencia de la Ley No. 8445. Asimismo, se indica que en caso de que la respuesta fuera afirmativa, consultan qué mecanismos de control podría utilizar esa Municipalidad para cumplir con la legislación. · NUESTRO CRITERIO: Como asunto de primer orden, es menester manifestar que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de nuestra Ley Orgánica y en la Circular CO-529 publicada en La Gaceta 107 del 5 de junio de 2000, únicamente se atenderán las consultas que versen sobre materias propias de las competencias constitucionales y legales otorgadas a este órgano contralor y siempre que no se trate de situaciones concretas que debe resolver la institución solicitante. De tal manera, que las disposiciones y consideraciones que mediante el presente oficio se emiten, se plantean desde una perspectiva general, a efectos de que el consultante pueda valorar las circunstancias específicas de su situación particular, a la luz de los lineamientos que, en términos generales, se brindan. Una vez aclarado lo anterior, nos permitimos citar el texto integral del artículo 17 de la Ley No. 8422, in ...
Fecha publicación: 27/01/2006
Fecha emisión: 24/01/2006
Documento: 01032-2006.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE TURRUBARES
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)
Tesauro: Desempeño Simultaneo de Cargos Publicos , Dietas